Es sabido que la Administración Federal de Ingresos Públicos desde hace más de un año y medio, viene monitoreando el mercado del fútbol local y los distintos actores de este contexto.Por ello, se ha publicado la Resolución General Nº 3740 en el Boletín Oficial, en la que se establece en su artículo 1 que Los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, no pudiendo conceder a terceros el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor del futuro traspaso de un jugador de un club a otro u otorgarles derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes.
Los sujetos —clubes o jugadores— obligados a actuar como agentes de información y, en su caso, de retención, de acuerdo con las previsiones de las Resoluciones Generales vigentes, continuarán informando conforme las previsiones de dichas normas, teniendo en cuenta que tales contratos podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado.A los fines del control, La Administración Federal de Ingresos Públicos efectuará cruces informáticos con la información referida a los contratos vigentes al 30 de abril de 2015, que la “Fédération Internationale de Football Association” (FIFA) tenga registrados en el Sistema de Correlación de transferencias (TMS).
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viernes, 20 de febrero de 2015
Resolución General AFIP 3740: Derechos Económicos de Jugadores Profesionales
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